miércoles, 21 de diciembre de 2011

EL RIESGO DE DIRECCIÓN EN LAS EMPRESAS

L RIESGO DE DIRECCIÓN EN LAS EMPRESAS

SUMARIO:

1: El riesgo de dirección: introducción. 2: ¿Qué es el riesgo de dirección? 3: Casos reales y efectos del riesgo de dirección en las empresas. 4: El escaso poder de los accionistas en las sociedades que cotizan en Bolsa. 5: Algunas soluciones para evitar este tipo de problemas. 5.1: Las operaciones “fuera de balance” (off-balance-sheet). 5.2: Las cuentas de orden. 5.3: Las Cuentas de Orden en la Banca. 5.4: Resumen sobre este tipo de cuentas. 5.5: La representación de los accionistas en la Juntas Generales. 6: El Gobierno de las sociedades y los consejeros independientes. 7: La próxima reforma contable y reflexión final. -Bibliografía.

1. INTRODUCCIÓN

A finales del pasado año, al revisar mis archivos, di casualmente con un trabajo publicado hace algunos años en la revista “Prospects”, de la Unión de Bancos Suizos, sobre los nuevos riesgos en el negocio bancario, en concreto sobre los nuevos productos financieros, los derivados. Al desarrollar las distintas clases de riesgo, el autor los clasifica mediante círculos concéntricos. En uno de estos círculos sitúa al riesgo empresarial o estratégico, común a toda clase de empresas. Pero al desarrollar con ejemplos en qué consistía este tipo de riesgo eché en falta la mención al riesgo de dirección, que afecta sobre todo y de forma especial a las grandes empresas, y me puse a reflexionar sobre ello, echando mano de documentación relacionada con el tema y también de mis experiencias profesionales.

2. ¿QUÉ ES EL RIESGO DE DIRECCIÓN?

Se trata del riesgo que se deriva de la gestión de los altos directivos, que podría estar implícito dentro del definido como estratégico, pero soy de la opinión, dada su importancia , que debe situarse en un nuevo círculo, el más interno de todos, a modo de como Galbraith gradúa el poder en las empresas (sociedades), situando a la “tecnostructura “ (los altos directivos no accionistas o con participaciones no significativas), en el que se concentra el mayor poder de decisión y por tanto la existencia de un riesgo latente en sus actuaciones.

¿Cuáles son estos riesgos? Precisamente los que son consecuencia de decisiones estratégicas que al paso del tiempo se demuestra que fueron equivocadas; el nombramiento de colaboradores o puestos directivos inadecuados, que al final lo único que hacen es crear problemas dentro de la empresa; operaciones financieras o inversiones arriesgadas, más allá de lo que recomienda la prudencia cuando se está comprometiendo el capital de los accionistas y el trabajo de las gentes de la empresa; las reestructuraciones internas condenadas al fracaso, basadas en algunos casos en una burocracia ahogante; estrategias comerciales diseñadas sin tener en cuenta para nada la opinión de quienes van a aplicarlas y la realidad de los mercados; decisiones equivocadas, que no tienen trascendencia económica de inmediato, pero que con el tiempo pueden poner en peligro la propia estabilidad de la empresa; no distinguir en las propuestas de cambios entre objetivos de empresa y objetivos personales; las de operaciones fuera de balance, que pueden acarrear grandes problemas, sin olvidarse de la “contabilidad creativa”. Y así un largo etcétera.



3. CASOS REALES Y EFECTOS DEL RIESGO DE DIRECCIÓN:

Como a las cosas hay que llamarle por su nombre, voy a referirme a algunos casos de empresas foráneas, que destacan por su importancia entre los muchos que existen, unos sucedidos hace pocos años y otros más recientes, que aún sigue consumiendo tinta en los periódicos, para después hablar de algunos domésticos, que han ocasionado grandes pérdidas a empresas nacionales o problemas institucionales.

• En el año 1998, el presidente de la Unión de Banco Suizos, en aquellas fechas primero en Europa y uno de los tres primeros del mundo, tras la fusión con Swis Bank Corp., tuvo que dimitir- según informaciones publicadas en la prensa económica- como consecuencia de la contabilización de grandes pérdidas por inversiones en derivados. Se habló de 115.000 millones de pesetas.

• Hace unos años se produjo un caso escandaloso en EE.UU., en el que se vieron implicados sus directivos y asesores. Fue el fondo de alto riesgo norteamericano, “Long-Term Capital Management” (abreviado “LTCM”), dirigido por el famoso John Willian Meriwether, que tenía como asesores a dos Premios Nobel de Economía, ocasionando a los inversores pérdidas millonarias en dólares. Menos mal que la Reserva Federal, el Sr. Greenspan, inyectó 3.500 millones de dólares para que pudiera sobrevivir y evitar la desestabilización del sistema financiero americano.

• En el año 1995 se descubrieron las pérdidas de 1.500 millones de dólares en el Banco Barings, debido a las inversiones en futuros realizadas por uno de sus empleados, un operador de segundo nivel en la Oficina de Singapur, que durante tres años actuó sin control de sus superiores y sin ser descubierto por las auditorías. Resultado: el más antiguo y prestigioso banco de inversiones británico entró en bancarrota, con grave perjuicio para los ahorradores que tenían sus depósitos en la entidad.

• Y a principios del presente año, la compañía eléctrica “Enron”, americana, en suspensión de pagos, gracias a las decisiones de sus directivos, con inversiones arriesgadísimas, dentro y “fuera de balance”, incluidas las que afectaban a los fondos de pensiones de los empleados de la compañía, y con el visto bueno de sus cuentas por parte de una conocida firma multinacional de la auditoría, Arthur Andersen, a punto de desaparecer. La magnitud de este caso obligó a intervenir directamente al Presidente Bush y recientemente ya se produjo la primera sentencia sobre este asunto. A primeros de este mes de julio el Senado norteamericano responsabilizó al consejo de esta empresa de la quiebra.

• En las últimas semanas han aparecido nuevos casos: “Wor.Com” y “Vivendi”, al descubrirse problemas en su contabilidad y en los resultados declarados, y están bajo sospecha otras grandes compañías. En esta empresa están en peligro muchos de los más de 350.000 empleados que tiene el grupo.

Todo esto que está sucediendo ha originado una gran desconfianza por parte de los inversores en Bolsa, que ha producido más efectos negativos en las cotizaciones que el propio “11 de septiembre”. En Europa ya se han producido abucheos a los Consejos de Administración en algunas Juntas Generales, debido a la mala gestión realizada.

¿Y en nuestro país qué pasa? Me voy a referir únicamente a los últimos casos (olvidándome de Gescartera), para no tener que remontarme a lo sucedido hace algunas décadas en compañías nacionales:

• Las inversiones de empresas españolas en Argentina, que en el momento de realizarse ya eran operaciones de alto riesgo, por el grave endeudamiento de aquel país y una situación social ya muy deteriorada. Quizá la posibilidad de consecución de altos beneficios a corto plazo cegó a los que decidieron las inversiones (para alguno de estos inversores estos beneficios externos suponían el 40% de su cuenta de resultados). Los efectos sobre los balances del último ejercicio han supuesto un quebranto importante para estas compañías, con un alto riesgo de pérdida de todas las inversiones realizadas. Tal como están evolucionando las cosas en aquel país, aún traerá más dolores de cabeza para las cúpulas de dirección de las empresas implicadas. Y la desconfianza se está extendiendo a las inversiones en otros países de Latinoamérica.

• El caso Telefónica. Los responsables de los nombramientos de los últimos presidentes no han tenido mucho acierto en su designación. Las decisiones tomadas por el Sr. Villalonga y su equipo directivo están condicionando la marcha de la sociedad, lastrada por el elevado endeudamiento por la compra de “Lycos” y su integración en la actual sociedad “Terra-Lycos”. Menos mal que no se llevó a cabo la compra de la operadora holandesa “KPN”, por las dificultades puestas para ello por el Ministerio de Economía. Los continuos cambios de equipos directivos en la propia sociedad y en otras del grupo, como el caso de “Admira”, que agrupa los medios de comunicación de Telefónica, son un ejemplo a no seguir. Si estas actuaciones se pudieran cuantificar en cifras, las pérdidas ocasionadas a la compañía serían multimillonarias. Habría que añadir algo que es difícilmente cuantificable, como es el desconcierto y la desconfianza que crean dentro del personal de las empresas, con las secuelas que esto produce. La etapa del actual presidente tampoco es digna de alabar, aunque en su descargo hay que valorar la mala situación de la empresa cuando asumió su máxima responsabilidad. Pero aún así, su prestigio ha quedado en entredicho por la supuesta utilización de información privilegiada por operaciones con acciones de la anterior compañía que presidía, noticia que fue publicada en el prestigioso “Financial Times”. Unas y otras cosas, incluidas las inversiones en Argentina, han originado que la agencia londinense de “rating” Standard & Poor’s, haya rebajado la calificación de Telefónica.

No obstante, hay que decir que en el período en que se produjeron las inversiones mencionadas más arriba, y otras de menor importancia como la compra de “Endemol”, estaban representados en el Consejo de Administración dos de las más importantes entidades financieras de nuestro país, y también era consejero el actual presidente. La creación de “Vía Digital”, ahora mismo en trance de ser absorbida por su principal competidora, debido a las pérdidas acumuladas, ha sido otra operación desastrosa para los accionistas.

• El caso de las entidades financieras: Si en nuestro país no nos llegaba con los problemas empresariales descritos anteriormente, debido en gran parte a decisiones de los directivos, cuestionables en unos casos y de una gravedad sin paliativos, en otros, se ha sumado últimamente el caso de las “operaciones fuera de balance” del BBVA, que ahora mismo se está dilucidando en el ámbito judicial. Y no acaba de cerrarse el problema de las “cesiones de créditos” que afecta al otro gran banco de nuestro país, el “SCH”, que tantos dolores de cabeza le está produciendo a su alta dirección. A estos casos posiblemente sucederán otros en los próximos meses, que afectarán a otras empresas y pondrán de manifiesto, una vez más, las malas prácticas directivas.

Pero conviene dejar claro que el disimulo de pérdidas en los balances de las empresas, con la connivencia de las firmas auditoras, por acción o por omisión, se derivan de las actuaciones de los altos directivos a que se hace referencia en el epígrafe 2 de este trabajo.
Si buscamos las raíces de todo esto que está pasando en Estados Unidos y en Europa, no creo que vaya desacertado al decir que su origen está en los años 90 y en los “gurús” de la época. ¿Se acuerdan de Michael Hammer y de sus famosas ideas sobre “reestructuración” o “reingeniería”? ¿O de eso que se dio en llamar “Nueva Economía”? Aquellas ideas supusieron la supresión de miles de empleos en las empresas americanas y, entre ellos, de empleados y ejecutivos de gran experiencia, lo que se tradujo en la pérdida del conocimiento, del capital intelectual en las empresas afectadas, eso que forma parte de los “intangibles inmateriales”. En Europa estamos colonizados desde hace muchas décadas por el pensamiento económico (en toda su extensión) que viene del otro lado del Atlántico, no fuimos inmunes a esas ideas, asimiladas rápidamente por nuestros jóvenes ejecutivos, con los resultados conocidos. En la “Corrosión del Carácter”, Richard Sennet, describe muy bien las consecuencias de ello. En nuestro país se propició, además, el enriquecimiento rápido a costa de lo que fuera.


4. EL ESCASO PODER DE LOS ACCIONISTAS EN LAS SOCIEDADES QUE COTIZAN EN BOLSA.
Creo que estos ejemplos justifican que este tipo de riesgos, muchas veces difícilmente cuantificables en cifras, sean clasificados y analizados separadamente de los demás riesgos que son inherentes a todo tipo de empresas. Los accionistas, aquellos que no forman parte del grupo que ejerce el poder en las sociedades anónimas, los más numerosos y que representan casi siempre la gran mayoría del capital, directa o indirectamente, poco tienen que hacer ante actuaciones como las descritas más arriba.

Volviendo a Galbraith: tiene razón cuando sitúa a los accionistas en el círculo más externo del poder, es decir, los de menos poder. Y dice: “...los ritos folklóricos de las sociedades anónimas tienden a hacer creer al accionista que es el verdadero propietario de la empresa. Pero pocos lo creen. La relación del accionista corriente con la gran sociedad es el caso más puro de motivación pecuniaria.”

El debate sobre la gestión de los directivos en las empresas y sus consecuencias, está abierto. Ahora mismo se están buscando soluciones contables y de supervisión para evitar situaciones indeseables en el mundo de las grandes compañías, especialmente para aquellas que cotizan en los mercados de valores. Es deseable encontrar soluciones para que, sin menoscabo de las decisiones propias de la gestión directiva, se puedan controlar los excesos y las prácticas nocivas. En este sentido se está poniendo mucho énfasis en la creación de nuevos órganos de control y en los “consejeros independientes”



5. ALGUNAS SOLUCIONES PARA EVITAR ESTE TIPO DE PROBLEMAS:

Pero como la crítica ha de ser constructiva y aportar soluciones para resolver o impedir en lo posible que se den situaciones como las descritas, se me ocurren algunas medidas que se podrían tomar en el ámbito contable y en la representación de los accionistas en las Juntas Generales, especialmente para aquellas sociedades que cotizan en Bolsa.

5.1. Las operaciones fuera de balance (Off-balance-sheet transactions):

La utilización de “Cuentas de Orden” para contabilizar cualquier tipo de operaciones, aunque sean de índole compleja, parece que no ha preocupado demasiado a los ponentes del actual Plan General de Contabilidad, quedando a criterio de las empresas la utilización de tales cuentas, lo que ha dado lugar a que los balances, en muchos casos, no presenten la “imagen fiel” de la empresa, a la que se refiere el apartado 10) de la “Introducción” al vigente Plan General de Contabilidad.

No sucede esto con las “Normas de Contabilidad y Modelos de Estados Financieros” para las Entidades Financieras, reguladas por el Banco de España en la Circular 4/1991, de 14 de junio, a las que nos referiremos más abajo.


5.2. Las Cuentas de Orden, parientes pobres del PGC:

Hay que decir que este tipo de cuentas ha caído en desuso desde hace muchos años. Tanto es así, que para recobrar su filosofía contable es necesario acudir a libros de texto de los años 50/60. El que fue catedrático de la Escuela de Comercio de Zaragoza, D. Joaquín Cuartero Martín, en la obra que se reseña en la bibliografía de este trabajo, clasifica, describe y explica el funcionamiento de las cuentas en la Partida Doble, dedicándole algunos capítulos a las “Cuentas de Ordenamiento Contable y Cuentas de Ordenamiento Jurídico”, subdividiendo estas últimas en “Cuentas de Orden” y “Cuentas Nominales”. Al referirse a ellas, dice:

“Cuando algunos valores y derechos, así como ciertas obligaciones no pueden ser llevados directamente a una cuenta de tipo corriente...debido unas veces a que aquéllos se hallan condicionados por circunstancias que limitan su libre disposición, o porque se trata de operaciones que se han de formalizar a tenor de otros hechos posteriores, e incluso que aparezcan en Contabilidad problemas de registro un tanto sutil, por afectar a derechos y obligaciones simultáneos...recurriremos al empleo de unas cuentas supletorias de gran utilidad, llamadas comúnmente “Cuentas de Orden”, por la claridad que aportan con su acertado empleo.”



Para justificar la razón de ser e importancia de los asientos de “ordenamiento jurídico”, añade:

“Es indudable que la trascendencia de estos apuntes se manifiesta a cada paso por dos razones: La primera, obedece al propio nacimiento de esta clase especial de asientos y cuentas, y la segunda, a motivos de orden jurídico y financiero, propios de toda Contabilidad Preventiva”.

Abundando en el tema, el profesor Charles Hanon de Louvet, en su obra de “Análisis y discusión de Balances”, en la que le dedica un capítulo entero a este tipo de cuentas, dice:

“Las cuentas de orden tienen como función traducir una responsabilidad o unos compromisos, y no son representativas de activo y pasivo reales, y funcionan siempre conjuntamente y de manera gemelar”. Y añade a continuación:
“Puesto que la ley establece la obligación de confeccionar un resumen de los compromisos, ¿no es más lógico que estos últimos se desprendan directamente de los asientos, lo que no implica una publicación detallada de las cuentas de orden a las que se habrá recurrido?

Con esta claridad de ideas cabe preguntarse si no tendremos que volver a leer a los autores clásicos de la Contabilidad. En un reciente artículo periodístico (que recomiendo leer), publicado en “Expansión” (“WordCom y la necesidad de volver a los orígenes”), el profesor Gurriarán, del Instituto de Empresas, dice lo siguiente:

“La vuelta a los orígenes y a los fundamentos seguramente pasa por una mayor formación contable, no tanto de los meros registros, sino de comprender la contabilidad. Tal vez sea el momento de que muchos directivos rescaten algún libro de contabilidad...”


El Plan General de Contabilidad de 1973, incluía entre los grupos de cuentas el “Grupo 0”, destinado a las “Cuentas de Orden y Especiales”, grupo de cuentas que no existe en el actualmente en vigor de 1990. La Introducción de este Plan justifica la no inclusión de este tipo de cuentas, diciendo: “Con respecto al grupo cero, destinado en el texto de 1973 a las cuentas de orden y especiales, conocidas en la actualidad como cuentas fuera de balance, se ha decidido su no inclusión en el nuevo Plan General de Contabilidad, optándose por la información correspondiente a las operaciones fuera de balance dentro de la memoria....” Deja a criterio de las empresas la utilización de los grupos 8 y 0 para reflejar contablemente algunos datos de los que constituyen el contenido de la memoria.

Sobre la función informativa de este tipo de cuentas, el profesor Rodriguez-Vilariño publicó dos trabajos, antes y después de la entrada en vigor del P.G.C/1990, en “Técnica Contable” (03/1989 y 08/1996), en los que se manifiesta partidario de la obligatoriedad de la llevanza de estas cuentas por parte de las empresas, y decía así en su último trabajo, en conclusiones: “En resumen: A nivel de gestión empresarial, tanto mensual como anual, y teniendo en cuenta que el P.G.C. a “efectos de la propia gestión” autoriza su utilización, nos inclinamos de una forma clara y rotunda por la inclusión de las Cuentas de Orden, para un buen diagnóstico de la gestión empresarial y que ésta sea más completa y de mayor rigor.” Totalmente de acuerdo.





5.3: Las Cuentas de Orden en la Banca:

El Banco de España en sus Normas de Contabilidad para las Entidades de Crédito, Circular 4/91, de 14 de julio, en su norma trigésimo cuarta, define y desarrolla- con muy buen criterio- las Cuentas de Orden que deben utilizar estas entidades, que agrupa bajo los siguientes conceptos:
1. Pasivos contingentes: incluirán todas las operaciones por las que una entidad garantice operaciones de un tercero.
2. Compromisos contingentes: se integrarán aquellos compromisos irrevocables que podrían dar lugar a un riesgo de crédito.
3. Operaciones de futuro: comprenderá operaciones relacionadas con compraventas de divisas, valores e instrumentos derivados u otras similares asociadas al riesgo de cambio, de interés o de mercado.
4. Otros compromisos y otras cuentas de orden: se recogerán los de naturaleza actuarial en relación con pensiones del personal y otros compromisos no comprendidos en los epígrafes anteriores. En “Otras cuentas de Orden”, se registrarán aquellas operaciones, que no comprometiendo el patrimonio de la entidad, sirvan para reflejar derechos o aclarar determinadas situaciones.

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5.4: Resumen sobre este tipo de cuentas:

La utilización de las “anticuadas” Cuentas de Orden, a las que nos estamos refiriendo, resolverían, en parte, problemas como los actuales. Y con la obligatoriedad, como existe ahora, de desarrollar y comentar su contenido y significado en la Memoria Anual. Como medida complementaria habría que designar legalmente al Secretario del Consejo de Administración de las sociedades mercantiles, como fiscalizador y garante de la veracidad de los datos de este Grupo de cuentas, apoyándose para ello en la Auditoría Interna de la empresa. Después de todo, las grandes decisiones se producen en el seno de los Consejos de Administración.
Creo que en el mundo actual, con la globalización de los mercados, la liberalización de los movimientos de capitales financieros, la utilización de instrumentos derivados cada vez más complejos, la existencia de paraísos fiscales, etc., obligan a que se tomen nuevas medidas en los ámbitos legal y contable de las sociedades mercantiles, para que las operaciones fuera de balance tengan fiel reflejo en la contabilidad de las empresas y que no queden sin control.

5.5. La representación de los accionistas en las Juntas Generales:

5.5.1: Inversores institucionales:
Otra de las medidas en las que habría que ahondar- y sigo refiriéndome a las sociedades que cotizan en Bolsa- es en la utilización del derecho de voto en las Juntas Generales por parte de los inversores institucionales, tales como los Fondos de Inversión, representando o delegando el de las acciones en su cartera de inversión, que al fin y al cabo corresponden a los partícipes de esos fondos, de forma que no puedan ser utilizados sino en interés de los verdaderos propietarios de los títulos.

5.5.2. Depósitos de títulos en entidades financieras:
En igual medida, la representación de los votos de los títulos depositados en entidades financieras. Hoy ya no existen los títulos físicos, que han sido sustituidos por “anotaciones en cuenta” y se resumen en “referencias técnicas”; por tanto, las entidades depositarias ya no tienen que manipular millares de títulos, ni que cortar físicamente cupones, pero siguen cobrando comisiones por depósitos de valores. Entre las obligaciones de las entidades depositarias está la de administrar los títulos depositados por los clientes, que es algo más de lo que se está haciendo en la actualidad. Habría que exigirles la debida utilización de los votos de sus depositantes de acciones, que no fuera una simple delegación a favor de los consejos de administración de las propias empresas emisoras.

Esta situación está claramente reflejada en la obra del ilustre mercantilista, D. Joaquín Garrigues, “Contratos Bancarios”, que al desarrollar el Contrato de depósito abierto, dice: ... “La falta de interés del accionista se suple por el interés de los Bancos en controlar la vida de las grandes sociedades anónimas, siendo ellos y no los propietarios de las acciones los que ponen en movimiento un derecho cuyo ejercicio está abandonado por el titular”.
Hoy habría que sumar a los Bancos, los grandes inversores institucionales (fondos de inversión y de pensiones). En datos publicados en este mes de julio en la prensa económica, se dice que en el Banco “SCH”, los accionistas institucionales suman más del 50% de las acciones.

5.5.3: Modificación del artículo 112 de la Ley de S.A.: También habría que desarrollar el artículo 112 de la Ley de Sociedades Anónimas, “Derecho de información”, para que los accionistas o sus representantes pudieran disponer información, con antelación suficiente, de las cuentas anuales que se van a someter a su aprobación en la Junta General. Las sociedades disponen de información detallada para poder informar, pues conocen las entidades donde los accionistas tienen depositados sus títulos, por operaciones propias de los contratos de depósito de valores (como es el cobro de dividendos) y también a los accionistas significativos. Las limitaciones para la información en la actual redacción del artículo 112, no propician que los accionistas o sus representantes puedan asistir a la Junta con conocimientos previos de la situación de la sociedad y de los resultados del ejercicio.

6. EL GOBIERNO DE LAS SOCIEDADES Y LOS CONSEJEROS INDEPENDIENTES:

Como consecuencia de todos los problemas comentados en este trabajo, a nivel del mundo occidental se están buscando nuevas soluciones: el papel de las firmas auditoras externas, órganos de control para éstas, limitación de mandatos, nueva adscripción de los órganos de control interno, reforma contable, consejeros independientes. Y en nuestro país, además, la aplicación del “Código Olivencia”.

El control de las grandes sociedades no será efectivo si no se regula debidamente el “derecho de voto”, de forma que los Consejos de Administración, poseedores de un porcentaje muy pequeño de acciones de las compañías, no puedan gobernar éstas como si fueran de su entera propiedad. También habría que reflexionar sobre las limitaciones de los derechos de voto que regula el artículo 105 de la actual Ley de Sociedades Anónimas, que al final dificultan reprobar, cuando proceda, a un Consejo de Administración o alguno de sus miembros por su actuación, o no autorizar algunas de las propuestas que llevan a las Juntas Generales. Otra cosa distinta es que haya limitaciones para disuadir “opas hostiles”.

No obstante, para que problemas como los que se citan en este trabajo no ocurran, o al menos su número y su importancia sean mínimos, es necesario que en la cultura de las empresas exista grandes dosis de ética profesional. Las reformas legales, las regulaciones, pueden ayudar, pero no son el remedio definitivo.

Y por tercera vez vuelvo a citar al viejo y sabio profesor de Harvard, en su obra “Breve historia de la euforia financiera”:

“La recurrente, triste y errónea creencia de que el enriquecimiento sin esfuerzo es fruto de la supuestamente excepcional perspicacia y sabidurías financieras, no es algo que tenga remedio legal”.

Cuando los problemas ya se han puesto al descubierto, surge la necesidad urgente de dotar a estas sociedades de consejeros independientes. Pero ¿serán realmente independientes aquellos consejeros que han sido nombrados por los Presidentes de las sociedades? ¿Se van a cumplir realmente sus mandatos o se verán abocados a dimitir cuando surjan las primeras dificultades por apreciaciones o enfoques diferentes en cuestiones que haya que debatir y/o aprobar? ¿Estos consejeros, además de ser independientes, no necesitaran poseer conocimientos importantes del sector al que pertenece la empresa a la que acceden? La independencia es necesaria, pero no suficiente para desempeñar el puesto de consejero. Esta solución no es más que una cortina de humo para disimular un problema real en la administración de las sociedades, hasta que pase la actual borrasca financiera.

Hace unos días, a raíz de los nombramientos de tres consejeros de los llamados independientes en el “SCH”, uno de ellos en sus declaraciones a la prensa hablaba de la actuación de un “broker” de la empresa de la que él había sido consejero, cuya actuación ocasionó pérdidas muy importantes a la sociedad, por operaciones en productos derivados. La pregunta que surgen sobre esta afirmación es: ¿cómo no se tenía controlado el riesgo en que se podía incurrir en este tipo de operaciones? ¿Fue debido a la falta de controles o al desconocimiento del riesgo que se estaba asumiendo por parte de quienes dieron atribuciones al “broker”?

Todo esto me lleva a pensar que en los consejos de administración de las sociedades tiene que haber, entre otros, consejeros con conocimientos generalistas de la empresa, en la que van o están asumiendo una gran responsabilidad, y esto no se consigue con el sistema actual de designación. Más que consejeros independientes deben ser consejeros efectivos, no meros componentes de una mesa de más o menos ilustres personalidades. La independencia no viene determinada por la procedencia, sino derivada de la actuación en el Consejo de Administración. La ética profesional debe estar siempre presente en los actos de este órgano de gobierno. Por las remuneraciones que perciben los miembros de los Consejos de Administración, en concreto los de las grandes empresas que cotizan en Bolsa, esta exigencia es primordial para desempeño de su función y la remoción del cargo, antes del cumplimiento de su mandato, no debe estar en función de las veleidades o preferencias del presidente de turno, sino de la propia Junta General.

7. LA PRÓXIMA REFORMA CONTABLE Y REFLEXIÓN FINAL:

Me gustaría que en torno a estas cuestiones que acabo de exponer y sobre la reforma contable que se va a llevar a cabo, ahora mismo en período de información y consultas, que culminará, como paso previo a su aprobación, con la publicación del Libro Blanco sobre ella, encargada por el Ministerio de Economía a un grupo de expertos, se expresaran nuevas ideas para que la reforma no quede sólo en mano de las instituciones y organismos oficiales. Aunque me temo que en esta reforma las cuentas del “Grupo O”, seguirán sin ser obligatorias para las empresas, perdiéndose la ocasión- si es así- para dar respuestas contables a hechos y circunstancias que se producen en las empresas, inmersas en situaciones cambiantes, producidas por la globalización de los mercados, la existencia de nuevos productos financieros, que tienen como denominador común su complejidad y la posibilidad de contabilizar pérdidas importantes si no están bajo control, y donde las normas mercantiles no tienen una respuesta inmediata para salvaguardar los derechos de unos y para hacer cumplir las obligaciones asumidas por otros.

Esta reflexión final la estoy haciendo después de leer al profesor Cea García, que en su libro titulado “Armonización Contable Internacional y Reforma de la Contabilidad Española”, publicado el pasado año, al hablar del tema concreto de la armonización contable aboga por una “actuación, activa y eficaz, con sello y peso propio de la UE... y no una actuación mecánica, pasiva, sumisa y sin personalidad propia europea en dicho proceso,...”.

Pero me parece deducir de sus conclusiones finales que al final se van a imponer las concepciones anglosajonas, salvo que la Unión Europea neutralice esas influencias e imponga criterios más acordes con el pensamiento europeo.

A raíz de la publicación del Plan General Contable de 1990, una de las voces discrepantes fue la del ilustre profesor, D. Antonio Goxens i Duch, autor de muchos libros de Contabilidad y de temas relacionados con el mundo de la empresa. En una conferencia pronunciada en el Colegio de Titulares Mercantiles y Empresariales de Barcelona, en octubre de 1992, titulada >La Planificación Contable: “ya no me gusta”< (si he traducido bien el catalán), decía: “...la planificación que nos imponen creo que no sigue los principios de normalización contable que fueron defendidos por los ilustres autores y profesionales al principio del actual siglo XX.”

Y citaba varias veces a Pierre Lauzel, para decir que:

“la normalización no es sinónimo de uniformidad rígida” y que “normalizar en contabilidad no es unificar”. Para él: “la normalización trata de conciliar la diferenciación relacionada con numerosos factores particulares que intervienen con intensidad variable en las empresas”.

No sé que pensará el profesor Goxens del actual proceso de reforma contable a nivel internacional, basada en los mismos principios de uniformidad rígida para países con economías muy diferentes y empresas de muy diverso tamaño. Pienso- no sé si bien- que en lo fundamental estará de acuerdo con el profesor Cea García.

Y aquí terminan mis reflexiones. Su valor --si tienen alguno-- queda al juicio de los demás.

Santiago, Junio del 2002

José Gómez Blanco
Analista Financiero. Ex.directivo bancario.


Bibliografía:

• Análisis y Discusión de Balances. Hanon de Louvet. Ed.Aguilar. Madrid, 1963.
• Breve historia de la euforia financiera. J.K. Galbraith. Ariel 1999. 3ª edición.
• Circular 4/91 del Banco de España.
• Contabilidad General y Elementos de Contabilidad Superior, Joaquín Cuartero Martín. 6ª edición. 1959. Zaragoza.
• Contratos Bancarios, Joaquín Garrigues. Madrid, 1975.
• El Nuevo Estado Industrial, J.K. Galbraith. Ariel 1974
• La corrosión del carácter. Richard Sennet. Anagrama, 2000.
• Las cuentas de orden y su función informativa. Alberto Rodríguez Vilariño. Técnica Contable. Marzo 1989 y Agosto 1996.
• Plan General de Contabilidad. 1973
• Plan General de Contabilidad. 1990.
• Revista “Prospects”, Unión de Bancos Suizos. Walter G.Frehner. 2/1993
• Artículos y noticias diversas publicadas en prensa y revistas especializadas.

Trabajo destinado para su publicación en la revista “Técnica Contable”. Publicado en el número 647, del mes de Noviembre del 2002. Pág. 846.

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